La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió hoy, por unanimidad, atraer el caso relacionado con las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano de Mahahual, con lo que abre la puerta a que el máximo tribunal del país analice los planteamientos de ciudadanos que han cuestionado dichas modificaciones desde la perspectiva del derecho humano a un medio ambiente sano y del acceso a la justicia ambiental.
Lo anterior fue dado a conocer por la asociación civil Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) mediante un comunicado de prensa, en el cual señala que la decisión representa un paso relevante para la protección judicial de las comunidades y del medio ambiente, pues permitirá que la Suprema Corte conozca un asunto que plantea cuestiones de interés y trascendencia nacional.

El caso tiene su origen en tres juicios de amparo promovidos por distintos grupos de ciudadanos de Mahahual en contra de las modificaciones al Programa de Desarrollo Urbano.
Los asuntos dieron lugar a los recursos de queja 76/2026, 112/2026 y 113/2026, derivados de los juicios de amparo 57/2026, 129/2026 y 134/2026, que se encontraban ante el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito en Quintana Roo.
El pasado 9 de junio, a nombre de los ciudadanos, DMAS presentó ante la Presidencia de la Suprema Corte una solicitud para que el máximo tribunal atrajera estos asuntos, al considerar que reunían los requisitos constitucionales de interés y trascendencia.
La solicitud planteó la necesidad de que la Suprema Corte establezca criterios sobre cuestiones fundamentales para la justicia ambiental, entre ellas:
El alcance del derecho humano a un medio ambiente sano frente a los Programas Municipales de Desarrollo Urbano. El reconocimiento del interés legítimo de las comunidades para impugnar decisiones de planeación urbana que puedan afectar su entorno. Los plazos para acceder al juicio de amparo en materia ambiental, bajo una interpretación que garantice el acceso efectivo a la justicia, conforme a la Constitución y al Acuerdo de Escazú.
La aplicación de principios ambientales como el principio precautorio, la participación ciudadana y el in dubio pro natura en la planeación del territorio.
La decisión adoptada hoy por unanimidad permitirá que estos planteamientos sean analizados por la Suprema Corte y podría contribuir a definir criterios de alcance nacional sobre la protección judicial de los Programas Municipales de Desarrollo Urbano y el acceso a la justicia ambiental.
Para (DMAS) y los promoventes, la relevancia del caso trasciende a Mahahual, ya que una eventual resolución de la Suprema Corte podría fortalecer los mecanismos de protección judicial de comunidades y ecosistemas frente a decisiones de planeación territorial en distintas regiones del país.
La atracción del caso constituye un paso histórico para que la justicia ambiental sea analizada desde la máxima instancia judicial del país y para que las comunidades puedan contar con mayores garantías en la defensa de su territorio y de su derecho a un medio ambiente sano.
