Quintana Roo acaba con secreto fiscal: policía tendrá acceso a datos de ciudadanos

por Redaccion
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A partir de hoy, cualquier policía o ministerio público podrá tener acceso a la información fiscal de toda persona, sea física o moral, con el simple hecho de iniciarle una carpeta de investigación.

Mientras a nivel nacional los diputados federales rechazaron la misma intención del Gobierno Federal, a nivel local los legisladores dieron carta abierta a los policías y ministerios públicos para acceder, sin una orden judicial, a los registros del Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo (Satqroo).

Encuestas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) indican que las policías, incluyendo las procuradurías o fiscalías, son en quienes menos confían los ciudadanos. El Sistema Estatal Anticorrupción afirma que la desconfianza prevalece en 97 de cada 100 habitantes, que consideran a esos cuerpos como corruptos.

Pese a ello, el nuevo texto del Artículo 58 del Código Fiscal del Estado obliga al personal del Satqroo a dejar a un lado la reserva de la información fiscal, frente a las solicitudes que haga el Ministerio Público o la Policía Ministerial. El Código Fiscal Federal y el estatal establecen que el personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de disposiciones tributarias, está obligado a guardar absoluta reserva en lo concerniente a los documentos y datos suministrados por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación. Hasta antes de la reforma, el Código Fiscal local establecía principalmente dos excepciones a la reserva de la información: cuando sea para servidores públicos encargados de la administración y defensa de los intereses fiscales, así como para las autoridades judiciales del orden penal y aquellos tribunales sobre pensiones alimenticias. Sin embargo, a partir del primer día de este año, entró en vigor una nueva redacción del Artículo 58; un cambio que fue aprobado sin la más mínima discusión en comisiones ni en el pleno del Congreso. “Dicha reserva no comprenderá los casos que señalen las leyes fiscales y aquellos en que deban suministrarse datos a los servidores públicos encargados de la administración y de la defensa de los intereses fiscales; de igual forma, ‘No será aplicable la reserva de la información antes referida, cuando la solicitud se realice para la investigación de un hecho que la ley señale como delito, siempre y cuando la misma la efectúe el Ministerio Público y la Policía Ministerial’; a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias o en el supuesto previsto en el Artículo 53-BIS de este Código”, menciona el nuevo texto avalado en la sesión de clausura del período ordinario de sesiones.

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